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NUEVOS ALIMENTOS AUTORIZADOS EN COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS.
Conocemos las últimas actualizaciones de la lista de nuevos alimentos de la Unión que afecta a los complementos alimenticios.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 por el que se establece la lista de la Unión de nuevos alimentos es quizás uno de los Reglamentos de la legislación alimentaria que más se modifica y actualiza casi de forma constante.
Como se desprende de su nombre, este Reglamento recoge y regula la lista de todos los nuevos alimentos e ingredientes alimentarios que se autorizan, junto a sus condiciones de uso, especificaciones y categorías de alimentos en los que se autorizan, de conformidad con el Reglamento 2015/2283 relativo a los nuevos alimentos.
Un nuevo alimento es todo aquel alimento que no haya sido utilizado en una medida importante para el consumo humano en la Unión antes del 15 de mayo de 1997 y que se pueda englobar dentro de las siguientes categorías: i) con estructura molecular nueva o modificada, ii) consistente en microorganismos, hongos o algas, iii) material mineral, iv) que consista en plantas o sus partes , o aisladas de estas, en v) animales o sus partes, vi) en cultivos celulares, vii) alimentos que resulten de un nuevo proceso de producción no usado en la Unión antes de 1997, viii) que consistan en nanomateriales artificiales, ix) vitaminas y minerales obtenidas por procesos de producción novedosos o consistentes en nanomateriales artificiales, o x) alimentos usados exclusivamente en complementos alimenticios antes de 1997 y que pretendan usarse en otras categorías distintas de alimentos.
Es por tanto un documento que es de vital importancia manejar y conocer para poder estar al tanto de las últimas novedades, incorporaciones o modificaciones que se van produciendo para poder desarrollar alimentos o complementos alimenticios novedosos pero que cumplan la normativa alimentaria y sean seguros para el consumo humano.
En el sector de los complementos alimenticios debido a su constante evolución y desarrollo, es una herramienta necesaria tanto para fabricantes como para distribuidores que permite elaborar fórmulas acordes a una legislación en constante evolución y revisión.
Así, por ejemplo, encontramos que los últimos nuevos alimentos que se han regulado en abril de 2024 para su uso en la fabricación y comercialización de complementos alimenticios son el calcidiol monohidratado, el lactitol, el beta-glucano procedente de las microalgas Euglena gracilis, la sal monosódica de ácido L-5-metiltetrahidrofólico o el concentrado de proteínas procedente de las plantas Lemna gibba y Lemna minor, entre otros.
La lista de nuevos alimentos establece una descripción del alimento, las condiciones en las que el nuevo ingrediente, nuevo alimento o novel food puede usarse, establece condiciones de uso que le aplican o determina la necesidad de advertir al consumidor con ciertas precauciones de uso.
Así por ejemplo, y respecto a estas últimas autorizaciones el calcidiol monohidratado, una nueva forma de aporte de Vitamina D en complementos alimenticios el Reglamento de nuevos alimentos establece una dosis máxima de 10 µg/día para adultos y niños a partir de 11 años y una dosis de 5 µg/día para niños entre 3-10 años; el lactitol se autoriza solo para la población adulta y en un contenido máximo de 20g/día; la sal monosódica de ácido L-5-metiltetrahidrofólico, una nueva forma de aporte de ácido fólico se restringe para lactantes y niños menores de 3 años, que quedan excluidos de la población que puede consumir este nuevo alimento. Por último, el beta-glucano procedente de las microalgas Euglena gracilis se autoriza para otras categorías aparte de para complementos alimenticios y se establecen dosis máximas permitidas dependiendo de la edad de los consumidores, que se autoriza a partir de los 3 años de edad.
La lista de nuevos alimentos es
muy extensa, y contiene nuevos ingredientes autorizados hace más tiempo y
que ya son bien conocidos y ampliamente utilizados en complementos alimenticios
como por ejemplo el trans-resveratrol, el aceite de Krill, aceite de argán,
semillas de chía, sulfato de condroitina, citicolina, etc.
También se han autorizado muchas nuevas formas de aporte de vitaminas y minerales para su uso en complementos alimenticios, y que ya han sido incorporados a la Directiva 2002/46 relativa a complementos alimenticios. En esta situación se encuentran por ejemplo la Menaquinona o Vitamina K2, el citrato malato de magnesio o el L-metilfolato cálcico, entre otros.
Si estás interesado en la revisión de composición y etiquetado para la comercialización de complementos alimenticios en España y en la Unión Europea, podemos ayudarte. Desde LexSupplements Consultora Legal Alimentaria revisamos que tanto la composición como el etiquetado de tu producto cumpla con la normativa de nuevos alimentos, así como del resto de normativa aplicable a Complementos alimenticios.